Caso Perrini: López Goldaracena reclama citación de Barneix
Al reclamar que se cite al general Barneix por el asesinato de Aldo Perrini, el abogado López Goldaracena argumenta sobre la legalidad de aplicar el delito de lesa humanidad, y por ende la imprescriptibilidad, basándose en un artículo de la Constitución “que la Suprema Corte prefiere olvidar”.
Invocando un argumento jurídico innovador, producto de una exhaustiva investigación, el abogado Óscar López Goldaracena, de dilatada trayectoria relacionada con la defensa de los derechos humanos, solicitó a la jueza Beatriz Larrieu, quien sustituyó a la jueza Mariana Mota en Penal 7º, que disponga la “conducción” a la sede del general Pedro Barneix, indagado en calidad de imputado por el asesinato de Aldo Perrini, ocurrido en el cuartel de Colonia en marzo de 1974.
La magistrada aguarda que la Suprema Corte de Justicia (scj) devuelva el expediente de Perrini a la sede judicial para proseguir las actuaciones en el punto en que se suspendieron a raíz de un recurso de inconstitucionalidad presentado por los abogados defensores de los cuatro militares indagados.
Sobre este expediente pesa una insólita decisión de la scj que invocó una aplicación “tácita” de la ley 18.831, que anuló la caducidad de la pretensión punitiva del Estado, para determinar la prescripción de la pena. La Corte decidió que aquella ley es inconstitucional porque establece la imprescriptibilidad de los delitos cometidos durante la dictadura; para la Corte los delitos cometidos por militares y policías en ese período son delitos comunes y por tanto prescriptibles. La invocación de delito de lesa humanidad no es aplicable, según la Corte, por un “principio de legalidad”, es decir, nadie puede ser juzgado por una norma que no existía en el momento en que ocurrieron los hechos. El delito de lesa humanidad fue incorporado al Código Pernal recién en 2006.
En su afán por detener la acción judicial en el caso Perrini –una extensa y minuciosa indagatoria de la jueza Mota reunió evidencia de unos 50 testigos y un documento militar que probó la participación de Barneix en el interrogatorio que provocó la muerte de Perrini– la Corte se adelantó a la decisión de la magistrada, que aún no había decidido el procesamiento ni había definido el delito por el que se castigaría; y peor aun, se basó en el pedido fiscal de “homicidio político” para invocar una aplicación “tácita” de la ley declarada inconstitucional. Lo insólito es que el pedido fiscal se apoyaba en otra ley y no en la 18.831, dos de cuyos artículos fueron declarados inconstitucionales.
La indisimulada determinación de los miembros de la Suprema Corte de apuntalar la impunidad, por la vía de la prescripción de los delitos, generó un importante rechazo entre los magistrados, muchos de los cuales continuaron las actuaciones judiciales y en algún caso –como el del juez Juan Carlos Fernández Lechini, que rechazó un pedido de archivo de la causa por el homicidio del educador y periodista Julio Castro– se invocaron fechas recientes para contabilizar los plazos de prescripción. Inicialmente se consideró que los plazos de vigencia de los delitos debían contabilizarse desde 1985, cuando fueron restauradas las garantías, pero ahora Fernández Lechini sostuvo que se debía comenzar el conteo desde 2005, a partir de las decisiones del presidente Tabaré Vázquez, con su interpretación de la ley de caducidad. El abogado López Goldaracena introdujo, en el expediente de Perrini, un nuevo criterio: la reciente resolución de la scj decretó la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 de la ley 18.831, pero mantuvo el artículo 1, que dice: “Se restablece el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1 de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1 de la ley número 15.848, de 22 de diciembre de 1986”. López Goldaracena sostiene que el inicio del conteo del plazo para la prescripción debe ser a partir del 27 de noviembre de 2011, fecha en la que el Parlamento anuló la ley de caducidad. Tal interpretación tiene carácter general para todos los delitos cometidos por el terrorismo de Estado.
Pero en el escrito presentado por López Goldaracena en el juzgado de la jueza Larrieu se desarrolla una tesis que permitiría aplicar el delito de lesa humanidad, desmontando el argumento de la Suprema Corte sobre la vulneración del principio de legalidad.
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