Brecha Digital

Kafka juega en el bosque (2)

"(...) el aborto no existe entre las cosas, abortar es un verbo, ahí hay alguien que actúa, una mujer que lo hace movida por la violenta irrupción de un embarazo que no buscó, pero sobre todo que no quiere continuar y que la compele a tomar una decisión también violenta. (...) No eligió estar preñada (y) está forzada ahora por esa falta de libertad original."

Laura Klein, 2005.

 

os senadoras, un senador y un diputado del Frente Amplio respondieron una nota donde formulé críticas al proyecto de ley sobre aborto que se discute en la Cámara de Diputados.2 Por anteriores complicidades en la materia, es una conversación entre compañeros, basada en la confianza mutua. Pero hay más. Esa respuesta implica asumir el debate abierto y frontal como una dimensión legítima y necesaria de un proceso de decisiones políticas que los tiene a ellos y ellas como protagonistas. Actúan dentro de una cultura democrática y ciudadana cara a la izquierda. Gracias. Ahora al asunto: mis discrepancias con el texto Posadas-FA no reflejan ignorancia de sus contenidos sino diferencias de orden político que trataré de precisar.

1. El aborto no es una entidad punible. Punibles son las mujeres que abortan, y esa caracterización formatea sus acciones y las de quienes interactúan con ellas durante las situaciones de aborto. La vieja ley de aborto es un ordenador social de gran poder performativo, y su persistencia en el Código Penal es la limitación crucial al éxito de cualquier programa estatal de derechos que involucre el aborto (salud, igualdad, justicia, libertad, en fin, lo que sea). ¿Hay que explicarlo? Mejor miremos la experiencia reciente en este país nuestro, tan dotado de inventiva legal para salirse del paso en los momentos difíciles (yo no fui, lo dijo Real de Azúa). Desde 2004-2008 están vigentes normas y leyes de "atención pre y post aborto" que tienen un punto ciego precisamente en el acto que la ley criminaliza: abortar. Por ese agujero se escurren miles de mujeres que cada año abortan sin pasar por los servicios de salud donde podrían solicitar asesoramiento para bien abortar o ser atendidas cuando ya abortaron. ¿Por qué la desproporción entre los abortos que suceden y el uso de unos servicios públicos que pronto cumplirán diez años? Porque cuando el Estado emite dos mensajes contradictorios (el aborto es delito pero usted puede decir que quiere abortar o que abortó y debe ser bien atendida y tratada con respeto) en la práctica prevalece el que se apoya en la coerción y los prejuicios largamente asentados. Abortar es un delito, la que aborta es una criminal, el que la ayuda es cómplice... establecen los artículos 325 y subsiguientes del Código Penal. Así lo sienten las mujeres, sus allegados y también los profesionales de la salud; y la conducta de todos se atiene a ese mensaje principal.

2. Puedo asumir que el proyecto Posadas-FA supondría un avance normativo y práctico para muchas mujeres que necesiten abortar, tanto como que para otras muchas no lo será. Aquellas cuyo embarazo se cruce con otras vulnerabilidades, encontrarán en esta ley barreras severas para abortar sin pena.3 Las vulnerabilidades son históricas, contextuales, y no se puede legislar en base al inventario de las situaciones que se busca amparar. La solución política es hacerlo garantizando que puedan ejercer los derechos incluso las personas más desfavorecidas. Para esa finalidad se formuló la necesidad de despenalizar a la mujer que aborta. Justamente la intención ausente del texto Posadas-FA, porque el proyecto de base fue articulado para captar a las mujeres que necesitan abortar y, en principio, evitar que lo hagan. Por eso propone dejar en suspenso sin eliminarlo al delito de aborto, ya que sin coerción es poco probable que haya disuasión. Me abstengo de argumentar la diferencia entre eliminar un delito y prometer que se suspende su persecución. Augusto Tourenne calificó una solución semejante adoptada en 1938 como "remiendo de tela católica cosida con hilos liberales". Si yo no elimino el delito de aborto, aunque enuncie y amplíe las excepciones, sigo dentro del marco conceptual de la ley 9.763.

3. Es verdad que muchas regulaciones contenidas en el texto Posadas-FA provienen de los proyectos anteriores. Con una diferencia sustantiva. En 1993, junto a 14 legisladores/as de cuatro partidos, propusimos un texto legal que eliminaba el delito de aborto para toda mujer dentro de las 12 semanas de gestación, y obligaba a la justicia a dejar sin castigo a toda otra que abortara, sin importar los plazos.4 ¿Por qué tan radicales? Porque una vez garantizada la libertad se pueden establecer regulaciones confiando en que éstas no impedirán el ejercicio de los derechos. Lo que no se puede –creo yo– es confiar en que la sociedad va a leer las buenas intenciones implícitas en las regulaciones e ignorar la persistencia de un delito que se reafirma a texto expreso. Una cosa es pedir que una mujer firme que abortó cuando abortar es un crimen y otra bien diferente cuando dejó de serlo.

4. Es posible que el texto FA-Posadas sea lo mejor que se puede obtener dentro de la actual relación de fuerzas parlamentarias. Ello no implica automáticamente que sea bueno convertirlo en ley. El aborto supone un tipo de conflicto social cuyas protagonistas carecen de voz pública. Porque son delincuentes, y porque la necesidad individual de abortar no puede inscribirse en ningún programa permanente (aparece y se desvanece). Por ello fue clave que el feminismo y otras organizaciones sociales representaran esa voz marginada. Y más trascendente que una fuerza política relevante hiciera suyo el reclamo. El FA es la voz política y el motor de los cambios legales en materia de aborto. Su autoridad es mucha, y si afirma que su gobierno despenalizó el aborto llevará tiempo y sufrimientos humanos demostrar lo contrario. Aunque no sea cierto. En función de una hipotética y parcial mejora, ¿vale la pena volver a enmascarar el conflicto social del aborto? ¿O es mejor dejarlo expuesto y abierto para que se abra paso la necesidad de una verdadera solución? n

1. Ex diputado y autor de varias investigaciones a propósito del aborto en Uruguay.

2. Véanse Brecha 29-VI-12 y 6-VII-12.

3 El recorrido burocrático-emocional tan oneroso que critiqué en la nota anterior.

4. http://www.chasque.net/frontpage/comision/dossieraborto/cap6_4.htm

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