Por partida doble
- Última actualización en 24 Agosto 2012
- Escrito por: Florencia Soria
Parecía que la próxima novedad en cuanto a la regulación de los medios de comunicación sería la futura ley de servicios de comunicación audiovisual (lsca), que en breve el Ministerio de Industria enviará a la Torre Ejecutiva. Pero el texto de la rendición de cuentas que envió el Poder Ejecutivo al Parlamento incluye dos breves artículos que generaron sorpresas.
El apartado 135 reserva 15 minutos diarios gratuitos en la radio y televisión para campañas de bien público, y el 136 otorga al Poder Ejecutivo la competencia para “fijar los precios que deberán abonar los concesionarios por la utilización o aprovechamiento de frecuencias radioeléctricas y demás bienes escasos necesarios para las telecomunicaciones”. Es decir, todos los operadores pasarían a pagar un precio por el uso de una frecuencia pública que les reporta cuantiosos ingresos.
DESPREVENIDOS. Desde la oposición se escucharon voces de protesta por entender que la instancia presupuestal no era la adecuada para discutir un cambio en la regulación de los medios.
El diputado Pablo Abdala (pn) consideró que “el gobierno no es claro y coherente en relación a este tema porque mientras anuncia la inminencia del envío al Parlamento de un proyecto de ley de medios, descuelga de esa discusión dos disposiciones muy relevantes que se incluyen sorpresivamente en la rendición de cuentas, sin que haya una urgencia especial para proceder en ese sentido”. En la misma línea, Walter Verry, diputado del Partido Colorado, aseguró que los artículos están “descolgados” de todo lo demás: son dos puntos sobre medios que “no afectan a la estructura del presupuesto”.
Ambos legisladores reclaman mayor debate y consenso entre los partidos políticos y los operadores, históricamente recelosos de cualquier contraprestación establecida por el Estado. “Esta es una solución del Frente Amplio (fa) que ellos imponen con sus votos”, sentenció Abdala.
En realidad, ninguna de las medidas propuestas por el Ejecutivo es del todo novedosa. El artículo 135 retoma un viejo decreto de la dictadura –que no se cumple– según el cual se “podrá tomar de las radiodifusoras hasta 30 minutos diarios, no acumulables para efectuar emisiones de interés nacional”. Por su parte, el 136 sólo elimina la exoneración del pago de un precio que tenían las estaciones de radiodifusión de am y fm, así como la televisión abierta.
Por esta razón, desde la bancada oficialista se aclara que en la rendición no se crea un impuesto o canon, sino que se cobra por el uso de un bien público, como actualmente se aplica a los operadores de televisión para abonados, según un decreto de la Intendencia de Montevideo de 1995. De hecho, el precio puede fijarse por decreto –como lo hará el Poder Ejecutivo–, pero no los impuestos.
Alejandro Sánchez, diputado del mpp, explicó a Brecha que este precio establecido en la rendición se diferencia “del canon que los medios van a tener que pagar –seguramente– en el futuro, cuando haya una ley de servicios audiovisuales. Ese impuesto va a ir en función de la facturación de los medios y se va a centrar en financiar la producción nacional”. De esta forma, los operadores de radiodifusión deberán pagar un monto fijado por el Ejecutivo más un tributo que se definirá en la lsca.
El fa hace tiempo que pone sobre la mesa la necesidad de fijar contraprestaciones económicas a los operadores. La propuesta de decreto para la televisión digital ya incluía un monto de dinero que los canales debían pagar de acuerdo a sus ingresos y que sería destinado a un fondo de producción audiovisual y aplicaciones para la televisión digital. Pero esta sugerencia del Ministerio de Industria no prosperó ante los riesgos de inconstitucionalidad inherentes a fijar un canon mediante decreto.
Mientras el oficialismo parece decidido, blancos y colorados aún cuestionan la necesidad de definir este tipo de aportes, aunque están dispuestos a discutirlo.
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