Uruguay pisa fuerte

Estado defiende el sistema interamericano de derechos humanos

Cuando aún no se extinguen las llamas que provocó el gobierno de Venezuela al denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos y desconocer a la Corte Interamericana en sus fallos, el Estado uruguayo presentó un informe en respaldo al fortalecimiento del sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos (sidh), que en varios puntos marca distancia de los gobiernos de Hugo Chávez, Dilma Rousseff y Rafael Correa.
El documento elaborado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, al que accedió Brecha, fue presentado en audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (cidh) en medio de un debate entre los estados sobre la promoción de cambios en el sistema: desde algunos países se oyen voces afines a terminar con el actual sistema interamericano para fundar otro, por ejemplo, en el marco de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur).
Uruguay inicia su informe a pie firme. Bajo el título “La autonomía e independencia de la cidh como factor esencial para la credibilidad, legitimidad y funcionalidad del sidh”, señala desde el principio de qué lado de la discordia se encuentra.
“Uruguay como Estado miembro original del sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos, reitera su apoyo y compromiso con todas las recomendaciones formuladas a la cidh que apunten al fortalecimiento y profundización de los instrumentos del sidh, incluidos los de sus relatorías”, sostiene el informe. Y agrega que “apoya todas aquellas recomendaciones que no limiten la autonomía e independencia de la cidh y del sidh”.
Para el Estado uruguayo tal autonomía debe “continuar consolidándose” respecto de “cuestiones sustantivas de violaciones de derechos humanos” que llegan a la comisión “de conformidad a los acuerdos y convenciones” que forman parte del sistema.
“Esto adquiere su relevancia ante la creciente tendencia de la cidh a estar más involucrada en investigar peticiones individuales que alegan violaciones de derechos humanos, observar la vigencia general de los derechos humanos en los estados miembros” o a realizar visitas de control a los países “para profundizar la observación general de la situación, y/o para investigar una situación particular”, destaca el informe.
Uruguay reafirma que la cidh, como “órgano del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, tiene plena autonomía e independencia en el ejercicio de su mandato conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. Y en ese marco, agregó, la cidh actúa “en el ejercicio de las funciones que le competen en el procedimiento relativo al trámite de las peticiones individuales”, tal como lo dispone la Convención, “así como en el ejercicio de sus restantes atribuciones destinadas a la promoción y protección de los derechos humanos”.
Todo esto porque en los últimos tiempos, decisiones y acciones de la cidh han despertado el rechazo de estados como Brasil, cuyo gobierno se vio afectado, por ejemplo, al recaer una medida cautelar de suspensión de las obras de una megarrepresa en la Amazonia. En ese caso, la cidh actuó en la protección preventiva de la población local que denunció ante ese organismo los daños irreparables que les causaría la construcción. La medida no parece actuar como una decisión de fondo –que en todo caso, y llegado el momento, podría ser adoptada por la Corte Interamericana en una sentencia– sino en resguardo contra una violación, eventual, de los derechos humanos de los pobladores demandantes, pues si la obra prosigue mientras se sustancia el juicio, el daño podría llegar a consumarse.
Tribunales brasileños han cuestionado incluso si la cidh tiene potestades para ordenar medidas cautelares a los estados. Pero el Estado uruguayo funda su posición en el propio reglamento de la cidh: “(...) cuando se verifiquen situaciones de gravedad y urgencia, las medidas cautelares oficiarán como mecanismos de prevención de daños irreparables a las personas o al objeto del proceso en conexión con una petición o caso pendiente”, afirma.
El documento señala que “debe tenerse presente que tanto a nivel nacional como del sistema interamericano existen ejemplos concretos que han servido para proteger a colectivos en riesgo a través de medidas cautelares”. Así, se han protegido archivos vinculados al terrorismo de Estado, niños en situación de trabajo esclavo, poblaciones amenazadas por grandes emprendimientos de explotación comercial, entre otros.
Por otra parte, el Estado uruguayo entiende que es imperativo “fundar y motivar, jurídica y fácticamente, el otorgamiento, revisión y, en su caso, prórroga o levantamiento de medidas cautelares”. En esta apuesta a la claridad, Uruguay también defiende el hecho de que se profundice en los criterios o parámetros para determinar qué situaciones reúnen la “gravedad” y “urgencia” requeridas para la adopción de una medida cautelar, así como para determinar la “inminencia del daño, tomando en consideración los distintos grados de riesgo”.

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