Brecha Digital

La importancia de llamarse

Más allá del matrimonio igualitario

El artículo más discutido del proyecto de ley sobre matrimonio igualitario no tuvo que ver con la orientación sexual de los contrayentes sino con el apellido de su descendencia. La oposición a la igualdad propuesta provino de un lugar sorprendente y terminó logrando que la propuesta incluyera una forma de “discriminación legal directa” contra las mujeres heterosexuales.

 

Que esto no es una ley para lograr el matrimonio homosexual, han repetido con insistencia los promotores del matrimonio igualitario. Un poco para señalar el descuido (a veces la intención) de la prensa y los oponentes al proyecto, y otro tanto para notificar sobre las desapercibidas modificaciones al Código Civil que incluye la propuesta, y que atañen a las parejas con cualquier tipo de conformación. De hecho, fíjense cómo son las cosas: ya no es la posibilidad del matrimonio entre personas del mismo sexo lo que da urticaria a varios legisladores y ciudadanos en general, sino un articulito que entre tanta letra boya, y que otorga la posibilidad de que las parejas –en la combinación que gusten– opten por el orden en que irán los apellidos de sus hijos.

EL ORDEN DE LOS FACTORES. El proyecto a estudio, presentado por Ovejas Negras, proponía la modificación del artículo que dispone que los hijos de un matrimonio lleven en primer lugar el apellido del padre y luego el de la madre, por otro que permitiera optar por cuál va primero, siempre y cuando exista acuerdo en la pareja. Si el acuerdo no existiera, el orden sería sorteado. En julio de este año, en una sesión de la Comisión de Constitución y Códigos, Michelle Suárez, abogada, redactora del proyecto e integrante de Ovejas Negras, explicó la intención del artículo: con la aprobación de la ley se incorporarán nuevas formas de pareja, dos hombres o dos mujeres, que al igual que los heterosexuales tendrán hijos (biológicos o adoptivos en el caso de parejas de mujeres, o adoptivos en el caso de los hombres). “No podemos seguir con una legislación jerarquizante que establece que primero va el apellido del padre y después el de la madre, cuando tenemos que incluir a gran cantidad de personas que hasta ahora estaban excluidas. (…) Tampoco se pueden hacer distinciones, es decir, para las parejas del mismo sexo se va a hacer tal cosa y para las de distinto sexo se hará otra, porque eso sería una discriminación legal directa.” La solución propuesta contemplaba el derecho de quienes querían seguir con el orden actual, abría la posibilidad de cambiar a quienes gustaran, e incluía a quienes hasta el momento no estaban incluidos. Es que, originalmente, el artículo incluía a todos. Pero la resistencia fue tal, que terminó siendo el artículo más discutido en la comisión. Y finalmente se convirtió en insalvable cuando el diputado de Asamblea Uruguay Jorge Orrico planteó su objeción y obligó a una modificación: Si en las parejas heterosexuales no hay acuerdo no habrá posibilidad de sorteo y prevalecerá el orden actual de los apellidos. “El sistema actual es el mejor porque ya se sabe antes de empezar y además tiene miles de años. No me parece razonable ir a sorteo para definir el apellido del niño. (…) Este tipo de leyes tienen que admitir lo que son las culturas dominantes en procesos que llevan miles de años. No es cuestión de resolver con un bolillero si un tipo se llama González o Pérez. Honestamente, me rechina la idea de que un individuo obtenga su nombre de esa manera”, argumentó en la comisión. Al final, entonces, la “discriminación legal directa” existirá, puesto que mientras para los heterosexuales la voluntad del hombre prevalecerá sobre la de la mujer (así como dicta la “cultura dominante”), las parejas homosexuales definirán por sorteo, si no se ponen acuerdo.

APELLIDO. Según Suárez, el artículo en cuestión es el último de los argumentos para oponerse a la ley, en una historia larga. En las discusiones parlamentarias llegó a esgrimirse que el cambio podría lesionar el derecho sucesorio, algo que la abogada descartó. “Lo que debe probarse en esos casos es el vínculo con la persona que fallece, y eso se hace a través de la partida de nacimiento. Allí consta que tales personas reconocen ser padres de tal otra, no tiene nada que ver el orden de inscripción.” Suárez opina que tras los “ropajes jurídicos” que invisten a esos argumentos no hay otra cosa que “opciones morales” de los legisladores ¿Qué es lo que se descalabra al llevar en primer término el apellido materno que provoca tanta resistencia? “Lesiona el patriarcado, que está vivo y lucha”, dice la abogada.
Es que, en definitiva, portar un apellido es, antes que nada, prolongar una familia. En la cultura en que está inserto Uruguay todas las mujeres sabemos que nuestra rama familiar morirá con nosotras. No alcanza con estar en segundo sitio en los apellidos de nuestros hijos, ni con tener hermanos varones, que tal vez tengan hijos ídem que pasarán a prolongar la rama de aquéllos; las mujeres nos perdemos antes en la arboleda genealógica y eso, por más naturalizado que esté, no deja de ser una diferencia. Y si hay que ir a más: una injusticia, porque al fin y al cabo lo único que se propone es tener la posibilidad de elegir.
La idea ya había estado sobre la mesa de discusión en 2004, cuando se aprobó el nuevo Código de la Niñez y la Adolescencia. En aquel momento el artículo debió ser descartado porque no había mayorías suficientes para aprobarlo. La ex senadora Margarita Percovich recordó la época y dijo a Brecha: “Insistí mucho en hacer como los brasileños, que evitan toda disquisición, al contrario de lo que hace nuestro Código Civil. Pero todo lo que sea modificación del ‘estatuto familia’ es muy difícil en Uruguay. Hay un tema de poder central en la definición legislativa de las relaciones entre los individuos, por algo se pensaron y plasmaron de esa manera”. Percovich recordó también que en la legislatura anterior, durante las discusiones sobre las modificaciones a la adopción, se logró (sólo con votos del Frente) que los hijos adoptados tuvieran el mismo estatus que los biológicos, pudiendo heredar de su familia adoptiva. En este período se intentó volver atrás ese derecho a través de una propuesta de Verónica Alonso, “y nuestros legisladores, que podrán ser muy de izquierda y revolucionarios, discutían el tema de la herencia sin pensar en qué definiciones habían tenido en cuenta cuando hicieron determinadas opciones políticas de cambio para la sociedad. Por poco les parecía que el derecho de herencia fuera una cuestión de sangre. Es algo muy poco pensado y automático que está metido en la cultura. Ahí está el tema del apellido también”.

COSA DEL SISTEMA. Hay que imaginar las pequeñas guerrillas que podrían suceder en caso de aprobarse la norma. Los hombres heterosexuales que apoyan el matrimonio igualitario, pensando en la posibilidad que se les otorga a gays, trans y lesbianas, ¿aceptarán con facilidad resignar su posición de privilegio en las identidades de sus hijos? En definitiva, a través de los apellidos se define la pertenencia a líneas de descendencia y ascendencia de una familia, además de implicar un reconocimiento social. Es un seguir existiendo, un perdurar, hasta ahora monopolio de los hombres. Y es, además, una manifestación de posesión. También habrá que preguntarse si las modificaciones propuestas alcanzan para provocar algún tipo de cambio social y cultural –puesto que no es un artículo que haya sido demandado por la sociedad–, y si habrá mujeres que se animen a romper con una lógica tan naturalizada. No en vano el tema del parentesco implica “un inmenso capítulo en la antropología social”, dijo la antropóloga Sonia Romero Gorski. Hay sociedades que sólo reconocen una línea (materna o paterna), otras designan de una manera diferente a los parientes del lado materno que a los del paterno, las hay que incluso los diferencian por sexo; y en algunas, aun reconociendo las dos, una de ellas está más reforzada. “La diversidad está ligada a la cultura del lugar”, y es indudable que en Uruguay las formas están atadas al derecho romano donde el pater familia, mediante la patria potestas, ejercía su autoridad sobre los bienes, las decisiones e incluso la vida y la muerte de sus hijos, su esposa y hasta sus esclavos. Por suerte hay conceptos nuevos en términos viejos que hablan, a pesar de algunos, de la mutabilidad de los tiempos, y también de las normas.

Dos más

Otras dos modificaciones al Código Civil serán efectuadas a través de esta ley. Una es la inclusión de la posibilidad del divorcio por la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges, en lugar de la causal actual que habilita sólo a la mujer a pedirlo. Además se incluirá la posibilidad de divorcio por el cambio de identidad de género con posterioridad a la unión matrimonial. n

Comentarios   

 
+1 #3 Laura Dolores 26-01-2013 11:50
Lo primero que se me viene a la mente luego de leer éste artículo es que a pesar de las leyes ansestrales hechas por el genero masculino y para el genero masculino y como todo lo que se hace a prepo da el efecto contrario si vemos como en una familia en custión de lazos afectivos, domina siempre el vínculo con la familia materna. Es solo observar la vida, las madres, abuelas y niet@s es cuestón de fuerte afinidad natural, sin imposiciones, a pura sangre en el 99% de los casos pero el machismo no puedo con su condici'on y aplica el poder!.
Habría que preguntarle a l@s hij@s que apellido quieren llevar y ver luego los resultados de la encuesta.
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+2 #2 Gab 25-01-2013 22:47
¿KAFKIANO? Explicame eso, por favor, porque no entiendo qué tiene que ver con Kafka.
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-1 #1 Esteban 25-01-2013 17:41
La verdad que decidir el nombre de una persona parece muy kafkiano. Quizás se pueda pensar alguna alternativa, por ejemplo fusionar los dos apellidos en uno solo.
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